Los prisioneros que buscan impugnar sus condenas recibieron un gran revés de parte de la Suprema Corte. En un fallo adoptado por cinco votos contra cuatro, la Corte dictaminó el jueves que los condenados no tienen el derecho constitucional a la realización de pruebas de ADN luego de dictada la sentencia. John Roberts, Presidente de la Suprema Corte, en representación de la opinión mayoritaria, sostuvo que depende de cada Estado y del Congreso la decisión de quién tiene el derecho a realizar análisis que puedan probar su inocencia mucho después de haber sido condenado. En representación de la opinión discrepante, John Paul Stevens expresó por escrito: “no hay motivos para denegar el acceso a las pruebas y sí hay muchas razones para permitirlo, entre las cuales no es menor la preocupación fundamental de asegurar que se haga justicia”. La organización “Innocence Project” (o Proyecto Inocencia, en español) afirma que las pruebas de ADN exoneraron de culpabilidad a 240 personas en todo el país, de las cuales al menos diecisiete habían sido condenadas a muerte.
Suprema Corte deniega prueba de ADN posterior a condena
Titular19 Jun. 2009